Por salario se entiende la retribución que la persona empleadora debe de pagarle a la persona trabajadora por la prestación de sus servicios o realización de un trabajo, este puede estipularse libremente, respetando los mínimos establecidos por ley. Este es uno de los principales componentes de la relación laboral y elemento clave del contrato individual de trabajo.
Elementos a considerar para el salario del contrato de trabajo
Para establecer el salario se debe de considerar la cantidad y calidad del trabajo, el puesto, jornada y las condiciones de educación y calificación de cada persona para las funciones específicas; no se pueden establecer diferencias salariales considerando factores como la edad, género, nacionalidad, orientación sexual o cualquier otra característica personal específica.
Esta retribución debe ser monetaria, la cual debe de pagarse en la moneda de curso legal del país y puede ser parcialmente en especie, esta puede incluir la alimentación, habitación, vestimenta, y artículos para consumo personal inmediato que reciba la persona trabajadora o su familia de parte de la persona empleadora.
Para efectos legales, como para el cálculo de prestaciones laborales y el reporte a la seguridad social, si en el contrato de trabajo no se determina el valor total del salario en especie, se estimará al 50% del salario que reciba la persona trabajadora; porcentaje máximo que puede abarcar el salario en especie.
El salario debe de apegarse a los mínimos establecidos mediante decreto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cada semestre, y se debe de reportar el mismo monto a la seguridad social para que no exista ninguna inconsistencia que perjudique a la persona trabajadora ni genere un riesgo para su empresa.
En el contrato individual de trabajo debe de indicarse el salario real bruto a percibir, así como el plazo para su pago, la modalidad de pago, la unidad de cálculo y cualquier especificación sobre la remuneración que se le dará a la persona trabajadora.
Además, como parte empleadora es importante conocer que existe un monto inembargable del salario, el cual se protege con la finalidad de que la persona trabajadora, sin importar los rebajos que deban realizarse por embargos judiciales u operaciones crediticias, pueda hacer frente a sus necesidades básicas. Este monto se define anualmente mediante decreto y es equivalente al monto mensual más bajo de la escala de salarios mínimos; esta es una obligación para todas las personas empleadoras, físicas y jurídicas.
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