Las relaciones de trabajo y el Covid-19

by | Mar 12, 2020 | Artículos, División Laboral, GLC Abogados

trabajo coronavirus costa rica

Luego que nuestro país declarara alerta amarilla sanitaria por la aparición del Corona Virus sepa Covid 19 y la Organización Mundial de la Salud lo declarará ya una pandemia, debemos extremar medidas sanitarias y de protección, pero además tomar medidas para evitar afectaciones mayores a nuestros puestos de trabajo.

La Ley General de Salud número 5395, plantea la posibilidad para el Ministerio de Salud de establecer las medidas que considere pertinentes con el fin de evitar la propagación del virus, en ese sentido el Ministerio ha establecido ya, ciertas directrices de carácter general, pero podría solicitar el aislamiento de personas o zonas u otras medidas especiales y extraordinarias que alteren las relaciones laborales.

Ante esos escenarios el MTSS ha planteado varios escenarios a considerar:

  1. Suspensión del contrato de trabajo, de acuerdo a la normativa vigente por caso fortuito o fuerza mayor. Este caso requiere la aprobación de los trabajadores y la suspensión de los derechos y obligaciones de la relación laboral.
  2. Vacaciones, establecidas en el Código como un derecho de los trabajadores que puede ser otorgado por el patrono cuando considere conveniente a fin de no afectar la marcha normal de la empresa, en este caso se pueden aplicar adelantos de vacaciones, evitando el proceso de la suspensión de los contratos de trabajo y con una afectación económica menor para los colaboradores.
  3. Teletrabajo, cuando las funciones por naturaleza lo permitan, modalidad permitida en la Ley de Teletrabajo aprobada recientemente en Costa Rica, número 9738. En la que se establece que como una potestad voluntaria de ambas partes en la relación laboral.
  4. Incapacidades, todos lo patronos deberán respetar las incapacidades emitidas por la CCSS, la jurisprudencia ha indicado que los patronos pagarán al menos el 50% de los primeros 3 días de incapacidad, dado que la CCSS paga el subsidio a partir del cuarto día.

 

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