Aprobada en primer debate Ley de Reducción de Jornada Laboral ante la Emergencia Nacional por COVID-19
El día de ayer 19 de marzo, la Asamblea Legislativa aprobó el Proyecto que permite a los patronos afectados por la Emergencia Nacional del COVID-19, la nueva ley permite a los patronos que sufran una afectación de al menos 20% en sus ingresos demostrados con respecto al mes inmediato anterior, reducir hasta un 50% la jornada de sus empleados con la consecuente afectación salarial. Dicha afectación deberá comprobarse ante la Inspección del Ministerio de Trabajo.
Si la afectación del patrono es mayor al 60% se permite la reducción de la jornada hasta por un 75%. Pero en los casos en que la empresa deba cerrar por orden sanitaria la misma orden será suficiente para la aprobación de la reducción.
En las empresas donde haya representación sindical o representantes de empleados, se puede firmar un acuerdo directo que tendrá vigencia inmediata una vez firmado el arreglo entre las partes, sin necesidad de autorización por la Inspección Laboral, en estos casos sólo se debe notificar el acuerdo.
Esta medida es temporal, se podrá aplicar por 3 meses y se puede prorrogar en caso que se prueba la prolongación de la afectación, dicha prorroga es hasta por dos períodos iguales.
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