¿Es necesario justificar un despido con responsabilidad patronal?

by | Ene 18, 2023 | Artículos, División Laboral, GLC Abogados

despido con responsabilidad patronal costa rica

El 16 de diciembre del 2022, la Sala Constitucional, mediante la resolución 2022-029714, determinó que las personas empleadoras no se encuentran en la obligación de justificar los motivos del cese de funciones en las cartas de despido, cuando estos se realizan con responsabilidad laboral.

Lo anterior modifica la posición de Sala Constitucional en la sentencia 12547–2021, y en la resolución número 05064 – 2020, donde establecía que, en caso de un despido con responsabilidad patronal, la persona empleadora tenía la obligación de indicar las razones que motivaron el despido en la carta.

Sin embargo, la reciente resolución reafirma la posibilidad de la persona empleadora de hacer un despido con responsabilidad patronal en el pleno ejercicio del libre despido que permite la legislación laboral costarricense, por lo cual no es necesario una mayor justificación.

Si el despido se hiciera sin responsabilidad patronal, el artículo 35 del Código de Trabajo sí exige que en la carta de despido se indique, de forma puntual, detallada y clara, el hecho o los hechos en que se funda el despido. En estos casos, si la persona trabajadora se niega a recibir la carta de despido, la persona empleadora deberá presentarla en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a más tardar diez días naturales después del despido.

En GLC Abogados, le recomendamos revisar los procedimientos de su empresa al realizar un despido, sea este con o sin responsabilidad patronal, para documentar correctamente todo el proceso y el cálculo de liquidación; así como para la protección de la persona empleadora consideramos importante indicar las razones de la terminación del contrato laboral en la carta de despido, aunque esta omisión ya no sea considerada como una violación a la normativa laboral.

Para mayor asesoría en materia laboral, como la redacción de finiquitos y cálculo de liquidaciones laborales, no dude en contactarnos al correo: info@glcabogados.com o al teléfono 2105-3100.

 

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