El día 14 de diciembre se publicó en La Gaceta el reglamento de la Ley 10.232 “Autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales” mediante el cual las personas empleadoras y personas trabajadoras independientes podrán, a partir del miércoles 14 de diciembre del 2022, solicitar por una única vez la condonación de deudas, multas, recargos e intereses por un periodo de 12 meses.
Podrán optar por este trámite las personas trabajadoras independientes que, no estando inscritos, se inscriban; que se encuentren inscritos y adeuden cuotas; con una investigación administrativa iniciada para el cobro de periodos retroactivos, en firme o en fase recursiva; con procesos judiciales en curso, o con convenios de pago vigentes que incluyan montos sujetos a condonación, al igual que personas empleadoras en dichas condiciones o con deudas en Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF).
La condonación de deudas aplicará únicamente a multas, recargos e intereses que superen un año de antigüedad y hasta que las deudas sean canceladas en su totalidad mediante convenio de pago, con un plazo máximo de 60 meses; y se tendrá por finalizado dicho convenio por incumplimiento si la persona se encuentra morosa por más de 90 días naturales.
Excepciones de la condonación de deudas con la Caja
Se exceptúan de la condonación las facturas de servicios médicos, facturas por prestaciones y beneficios otorgados a las personas trabajadoras que no fueron aseguradas oportunamente, aquellas que laboran con personas empleadoras en estado de morosidad, o bien, que ostentan la condición de trabajador independiente, gastos administrativos, costas procesales y honorarios derivados de procesos judiciales. Así como aportes e intereses derivados de la Ley de Protección al Trabajador.
Requisitos para la condonación en periodos retroactivos
Para la condonación de dichos rubros en periodos retroactivos, la deuda debe de estar firme en sede administrativa y con la factura correspondiente de SICERE; si existe un procedimiento de inspección, la persona usuaria deberá renunciar y desistir de cualquier recurso para continuar con la condonación.
Otras consideraciones
La Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) también podrá ejecutar la condonación de multas e intereses de FODESAF cuando exista una resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que la autorice y establezca los términos de la misma.
Las personas trabajadoras independientes que se inscriban durante el periodo de condonación pueden solicitar este trámite siempre que se determine que procede una facturación adicional donde se incluyan periodos sujetos a la condonación.
En los primeros tres meses desde la publicación del reglamento, la CCSS creará un registro de personas empleadoras y trabajadoras que estén interesadas en acogerse a la condonación; sin embargo, se le dará traslado a las solicitudes hasta que la institución realice los ajustes necesarios para este trámite.
Para mayor asesoría sobre sus obligaciones como empresa o persona trabajadora independiente, no dude en contactarnos.
En caso de dudas adicionales sobre este tema, puede contactar a nuestros especialistas en la División Laboral al correo carmen@glcabogados.com o llamando al +506 2524-3176. Agendar cita