Registro de Empresas en el Ministerio de Comercio Exterior y Dirección General de Migración y Extranjería
Desde el año 2011, el gobierno emitió por medio de decreto ejecutivo número 36576-G-COMEX “Reglamento de Registro de Empresas” esto con el propósito de las empresas dedicadas a las siguientes actividades: exportadoras de bienes y servicios, transnacionales, las que se encuentren participando en una licitación, aerolíneas, hoteles cuatro estrellas y las que se encuentren operando en el área financiera de Costa Rica (supervisadas por SUGEF, SUGESE, SUPEN Y SUGEVAL), obtuvieran beneficios migratorios por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería. El beneficio sería de:
- Aprobación de residencias temporales para ejecutivos y sus dependientes en 30 días hábiles a diferencia de 1 año y medio en trámite normal.
- Trámite de visas de estancias laborales, en 5 días hábiles.
Con lo cual se incentiva a las empresas nacionales y extranjeras a contratar colaboradores extranjeros, y que su traslado, al igual que sus permisos laborales, queden aprobados en tiempo record. La mayoría de empresas aplican como exportadoras de bienes y servicios, los requisitos para el registro en el Ministerio de Comercio Exterior, cambiaron a partir del pasado 5 de octubre que entro en vigencia, decreto ejecutivo número 39903-COMEX. Los documentos de solicitud para el registro de las empresas exportadoras de bienes y servicios categoría b, las cuales son las que se encuentran fuera regímenes especiales (Zona Franca) y en específico a las que se dedican a la investigación y desarrollo, son los siguientes:
- Certificación de personería jurídica
- Referencias de agencias de promoción de inversión, empresas y organizaciones de trayectoria a nivel nacional o internacional.
- Certificación emitida por contador público autorizado, por medio del cual se pueda demostrar que la empresa solicitante destina como mínimo el 0,5% de sus ventas a gastos en investigación y desarrollo.
Una vez obtenida la carta de recomendación, se debe aplicar por medio de cita a la Dirección General de Migración y Extranjería, donde se debe presentar:
- Solicitud y poder especial emitido por representante legal de la empresa y autenticado por abogado
- Documento identificación, certificado por notario público
- Carta de recomendación de COMEX
- Documentación general de la empresa
Una vez concedido el registro por parte de las autoridades migratorias, cada empresa puede realizar el traslado de todos los ejecutivos con sus dependientes, que desee, por un plazo de dos años. Este permiso se puede renovar indefinidamente.
En caso de dudas adicionales sobre este tema, puede contactar a nuestra directora de la División de Migración la Licda. Eugenia Víquez a eugenia@glcabogados.com o llamando al +506 2524-3176. Agendar cita